Preguntas frecuentes ACPA

Preguntas frecuentes

Preguntas frecuentes

 

Este apartado es un conjunto de preguntas y respuestas extraídas de las dudas que se han ido recibiendo a lo largo de los años. El objetivo de recogerlas es ayudar en la medida de lo posible a las familias a conocer mejor el colegio y nuestra asociación.

 

 

Asociados

 

¿Es obligatorio asociarse a la ACPA?

No. El asociarse es un derecho reconocido por la Constitución española en su artículo 22, pero  no constituye una obligación. Pertenecer a la asociación es libre y voluntario.

 

¿Quién pertenece a la ACPA?

Forman parte de la asociación todas las madres, padres, tutoras o tutores de estudiantes matriculados en el colegio Santísima Trinidad de Valencia, siempre que voluntariamente acepten los estatutos de la asociación y paguen las cuotas establecidas.

 

¿Por qué debería asociarme?

Porque de esta manera ejercemos nuestra solidaridad con los demás padres, madres o tutores. Sin ella no nos sería posible complementar y potenciar la educación de nuestros hijos e hijas, ayudando al colegio a lograr sus objetivos educativos y sugiriendo adicionales. Contando con unos pocos es una tarea imposible, pero todos juntos sí podemos conseguirlo.

 

¿Qué derechos tengo como miembro de la asociación?

Los derechos que corresponden a todo asociado o asociada son los siguientes:

ϧ     Participar y beneficiarse de las actividades y servicios que organice la asociación, con arreglo a las normas que se establezcan.

ϧ     Recibir subvenciones para la organización de actividades para el alumnado o la comunidad educativa en general, previa aprobación de la solicitud presentada en los plazos establecidos.

ϧ     Elegir a los miembros de los órganos de gobierno y representación, así como presentarse para optar a ello. Para poder ser miembro de los órganos de representación es requisito imprescindible estar en pleno uso de los derechos civiles y no haber incurrido en los motivos de incompatibilidad establecidos en la legislación vigente.

ϧ     Obtener información acerca de la composición de los órganos de gobierno y representación de la asociación, de su estado de cuentas y del desarrollo de su actividad. Todo asociado o asociada podrá acceder a esta información a través de los órganos de representación.

ϧ     Obtener información acerca de los estatutos, reglamento de régimen interior, acuerdos con carácter reglamentario y otros de interés general que le competan, pudiendo en su caso solicitar certificaciones o testimonios de sus acuerdos.

ϧ     Asistir con voz y voto a las reuniones de la asamblea general, de acuerdo con los estatutos.

ϧ     Formular alegaciones con carácter previo a la adopción de medidas disciplinarias contra su persona y a obtener información acerca de los hechos que den lugar a tales medidas, debiendo ser motivado el acuerdo que, en su caso imponga la sanción.

ϧ     Impugnar los acuerdos de los órganos de la asociación que estime contrarios a la ley o a los estatutos

ϧ     Recibir prestaciones de ayuda de enseñanza y material escolar para sus hijos o hijas en situación de orfandad.

 

¿Qué ventajas tengo por pertenecer a la asociación?

Pertenecer a la asociación ofrece las siguientes ventajas:

ϧ     Actividades gratuitas

ϧ     Escuela de madres y padres  

ϧ     Cursos y conferencias

ϧ     Becas por orfandad

ϧ     Descuentos en excursiones y actividades

ϧ     Servicio de atención a menores durante las reuniones trimestrales o charlas informativas

ϧ     Colaborar en las publicaciones promovidas por la asociación

ϧ     Test sicopedagógicos de final de etapa gratuitos

ϧ     Disfrutar de todas las ventajas y beneficios que la asociación pueda obtener

Sin embargo, la mayoría de las iniciativas de la asociación repercuten en beneficio de todo el alumnado del colegio, tanto de quienes se han asociado como de quienes no lo han hecho, por lo que lo más justo es asociarse a la ACPA.

Algunas de estas iniciativas tienen que ver con la ayuda al colegio en la dotación de materiales docentes comunes a los diferentes departamentos (Artística, Ciencias, Lenguas, Sociales…) o en la financiación de regalos y detalles que hacemos a nuestros estudiantes en momentos clave de su formación académica, como el fin de cada etapa o la graduación. Financiamos los carnés de la biblioteca escolar de cada estudiante, ayudamos a organizar y a financiar las meriendas o almuerzos con que se acompañan diversas celebraciones a lo largo del año, y nos encargamos de comprar los premios que reciben los alumnos o alumnas que ganan los diversos concursos o premios que organiza el colegio, como el concurso científico.

Tenemos presencia en fiestas y eventos anuales a los que nuestros hijos e hijas otorgan gran importancia y que recordarán siempre, como los encuentros intertrinitarios (nos hacemos cargo del coste del autobús o de la organización del evento, dependiendo del año) o las famosas olimpiadas escolares de mayo, financiando los autobuses de los cursos que las celebran en la playa. Además, como despedida del curso escolar, organizamos cada mes de junio la cena de fin de curso e invitamos a todas las familias, asociadas o no, a la bebida, picoteo, postre, etc.

 

 

Naturaleza y fines

 

¿Cuáles son los fines de la asociación?

La asociación asumirá, entre otras, las siguientes finalidades, siempre en el marco de la promoción y del respeto al carácter propio e ideario del centro:

ϧ     Defender los derechos de la familia y, en concreto, el de los padres en lo que concierne a la formación y educación integral, humana y cristiana, de sus hijos, especialmente el derecho a que estos reciban una educación y formación de acuerdo con el carácter propio del centro y el ideario del colegio.

ϧ     Asistir a padres, madres, tutores y tutoras legales en todo aquello que concierne a la educación de sus hijos o pupilos.

ϧ     Asistirles en el ejercicio de su derecho a intervenir en el control y gestión del centro sostenido con fondos públicos.

ϧ     Facilitar su representación y participación en el consejo escolar del centro y en otros órganos colegiados, incluso mediante la presentación de candidaturas.

ϧ     Promover y facilitar su participación en la gestión del centro.

ϧ     Representar sus intereses generales ante las instancias educativas y otros organismos.

ϧ     Colaborar en las actividades educativas del centro.

ϧ     Velar por el respeto a los derechos e intereses del alumnado, relacionados con el logro de su adecuada formación cristiana, cultural, social y humana, así como no obstaculizar el cumplimiento de sus deberes.

ϧ     Promover y organizar, en su caso, la realización de actividades extraescolares y complementarias, culturales, deportivas, pastorales y recreativas.

ϧ     Respetar el ideario del colegio, cumplir las orientaciones que en materia de enseñanza dicte la Iglesia Católica, acatar las disposiciones del Ministerio de Educación y Ciencia y de la Conselleria de Educació de la Comunitat Valenciana.

ϧ     Contribuir a que todas las actividades educativas que se realizan en el centro estén orientadas conforme al ideario, la moral y la doctrina católica.

ϧ     Promover un espíritu cristiano de cooperación y ayuda mutua entre los miembros de la asociación en orden a una asistencia social en beneficio del alumnado.

ϧ     Defender los derechos de la familia y, en concreto, el derecho inalienable de los padres de formar y educar a sus hijos, especialmente, el de que estos reciban una educación y formación que no lesione la cultura, creencias y convicciones familiares.

 

¿Es necesario pertenecer a la junta directiva para colaborar con la ACPA o con el colegio?

No. De hecho, muchas de las actividades que se realizan en el colegio o que son promovidas por nuestra asociación cuentan con un nutrido grupo de madres y padres que colaboran desinteresadamente en su preparación. Algunas de las actividades y tareas en las que puedes colaborar son:

ϧ     Preparación de la fiesta de la Santísima Trinidad

ϧ     Preparación de la visita del Cartero Real y los Reyes Magos de Oriente

ϧ     Preparación de las celebraciones de Navidad

ϧ     Preparación de la Cena del Hambre

ϧ     Preparación de la tómbola para Manos Unidas

ϧ     Preparación de la Fiesta de las Fallas

Además, puedes colaborar proponiendo actividades cuyos gastos de organización subvencionamos cada año. Puedes encontrar más información en la pestaña “Subvenciones”.     

 

 

Régimen económico

 

¿Cuál es la cuota para pertenecer a la asociación?

La cuota de la ACPA de nuestro colegio se aprueba anualmente durante el primer trimestre del curso. En la asamblea general ordinaria del curso 2017-2018 se aprobó una cuota de 85 € por familia al año.

La cuota se venía actualizando anualmente aplicando la subida del IPC anual (índice general) publicado por el Instituto Nacional de Estadística; no obstante, desde 2016 se está haciendo un esfuerzo por reducirla progresivamente.

 

¿Cuándo y cómo se paga la cuota anual por familia?

La cuota por familia asociada se paga en varios plazos, normalmente domiciliando los recibos, pero también se puede pagar a través de la administración del colegio o mediante transferencia bancaria a la cuenta de la asociación (IBAN: ES81 0081 0338 4300 0142 9146).

Si lo haces mediante transferencia, por favor pon los apellidos de la familia en el concepto y envía el justificante a ampa.col.valencia@trinitarias.net.

 

¿Es posible ser una familia asociada sin pagar la cuota anual?

No. Es obligación de cada asociado o asociada estar al corriente de las cuotas que le correspondan. Sin embargo, si alguna familia no puede hacer frente a la cuota de la asociación, nuestra comisión social estudiará su situación para encontrar una solución satisfactoria que no la excluya de nuestra asociación.

 

¿Existen diferencias en la prestación educativa de un o una estudiante cuya familia está asociada con respecto quien no pertenece a una familia asociada?

No. La junta directiva de la asociación y la titularidad del centro quieren recordar el carácter voluntario de pertenecer a la asociación y dejar clara constancia de que pertenecer o no a la misma de ningún modo supondrá una diferenciación en la prestación educativa del alumnado.

 

¿Quién aprueba la gestión, uso y destino de las cuotas de la ACPA?

Examinar y aprobar, en su caso, los presupuestos anuales de ingresos y gastos, así como de la memoria anual de actividades, es competencia de la asamblea general ordinaria, que se celebra en el primer trimestre de cada curso escolar, convocada por la presidenta.

 

¿A qué se destina el dinero de las cuotas?

La asociación carece totalmente de ánimo de lucro y distribuye todos sus ingresos en los presupuestos anuales, destinándolos al financiamiento de parte de las excursiones y actividades complementarias o extraescolares que el centro organiza para el alumnado, organización de la cena anual de las familias, compra de regalos de fin de etapa, medallas y trofeos para eventos deportivos, becas por orfandad, ayudas para material educativo común y para infraestructuras del centro, dotación de materiales didácticos para cubrir las necesidades departamentales, formación de padres y madres, etc.

Además, un máximo del 25% del presupuesto anual se dedica a financiar actividades e iniciativas para fuera del horario lectivo que puede proponer cualquier miembro de la comunidad educativa. ¡Busca un equipo y proponed la vuestra para el próximo curso! Infórmate leyendo el contenido de la pestaña “Subvenciones”.     

 

¿Cuenta la junta directiva o la asociación con personal liberado remunerado para atender su gestión o actividades?

No. Las madres y padres de la junta directiva mantienen sus compromisos profesionales y se encuentran sometidos a sus respectivos horarios laborales y a las cargas familiares que les correspondan. Por tanto, dedican altruistamente el tiempo del que disponen sin recibir remuneración por ello.

 

 

 

Cuotas y actividades del colegio

 

¿Quién aprueba la gestión, uso y destino de las cuotas del colegio?

Es competencia del consejo escolar aprobar la justificación de las cantidades recibidas de la Conselleria de Educació, en concepto de “Otros gastos” y de las cantidades aportadas voluntariamente por las familias en concepto de servicios complementarios. En el citado consejo escolar, las familias están representadas por tres madres o padres, de entre los cuales dos se eligen mediante elecciones celebradas a tal efecto y una tercera persona es designada por la junta directiva de nuestra asociación.

 

¿Qué diferencia existe entre las actividades complementarias y las extraescolares?

Las actividades complementarias y las extraescolares están reguladas por el Real Decreto 1694/1995, y la distinción se efectúa en función del horario en que se realizan, afirmando el carácter gratuito de las primeras y el carácter no lucrativo de las percepciones que el consejo escolar del centro puede acordar como contraprestación por las segundas.

Son actividades escolares complementarias las establecidas por el centro con carácter gratuito dentro del horario de permanencia obligada del alumnado en el mismo y como complemento de la actividad escolar, en las que pueda participar el conjunto de estudiantes del grupo, ciclo, etapa o nivel.

La programación de las actividades escolares complementarias se efectúa de conformidad con las directrices que establezca el consejo Escolar y forma parte de la programación general del centro.

Respecto a las extraescolares, son las actividades establecidas por el centro, pero que se realizan en el intervalo de tiempo comprendido entre la sesión de mañana y de tarde del horario de permanencia en el mismo del alumnado, así como las actividades que se realicen antes o después del citado horario, siempre dirigidas a alumnado del centro.

 Las actividades extraescolares no pueden contener enseñanzas incluidas en la programación docente de cada curso, ni pueden ser susceptibles de evaluación a efectos académicos.

Las percepciones por dichas actividades, que tendrán carácter no lucrativo, son fijadas por el consejo escolar del centro a propuesta de la titular del mismo.

 

¿Qué son los servicios complementarios?

Como servicios complementarios el Real Decreto 1694/1995 señala los de comedor, transporte escolar y gabinete médico o sicopedagógico. El establecimiento de percepciones por la prestación de estos servicios requerirá la autorización de su importe por la Generalitat a propuesta de la titular del centro.

Esta autorización se entenderá concedida una vez transcurridos tres meses desde la presentación de la solicitud sin que se hubiera producido resolución expresa. Asimismo, se entiende referida a un curso escolar. No obstante, los servicios complementarios que se reiteren en cursos posteriores no requerirán de nueva autorización de precios si los mismos se incrementan dentro del porcentaje que fije el Ministerio de Educación y Ciencia, oídos los sectores afectados y teniendo en cuenta los incrementos en los costes de prestación de los servicios.

 

¿Por qué si las actividades complementarias son gratuitas he de pagar por ellas?

Las actividades complementarias son gratuitas, pero en ocasiones para realizarlas es necesario afrontar el pago de algún servicio (por ejemplo, autobuses, metro, tren, etc.) que deben pagar participantes de dicha actividad. Es necesaria la conformidad del consejo escolar para su consecución.